El Consejo de Ministros aprobó en el artículo 30 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, un presupuesto de 300 millones de euros en ayudas a los agricultores debido al aumento de precio de los fertilizantes. Ahora, han querido concretar determinados requisitos y condiciones relativos a esta concesión de las subvenciones.
En primer lugar, los beneficiarios deberán estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, para lo que resulta necesario habilitar expresamente al Fondo Español de Garantía Agraria (en adelante, FEGA) a comprobar de oficio el cumplimiento del artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Por otro lado, quienes se opongan expresamente a la consulta de datos deberán aportar los correspondientes certificados emitidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social que acrediten que se encuentra al corriente de dichas obligaciones.
Por último, la resolución de la ayuda no será finalmente compartida en el tablón de anuncios de la sede electrónica asociada del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. En su lugar, aparecerá el tablón de anuncios de la sede electrónica asociada del FEGA (https://www.sede.fega.gob.es/).