El Tribunal Supremo excluye la responsabilidad de la entidad avalista por la inexistencia de avales individuales y por no determinar el aval general la promoción garantizada
Mª Dolores Jiménez Guerrero, abogada especializada en Derecho Bancario en RocaJunyent-Gaona, Abogacía y Consultoría El pasado 13 de mayo la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo dictó sentencia por la cual se excluye la responsabilidad de la entidad avalista recogida en el artículo 1.1º de la Ley 57/68, pues no existía aval individual, y … Leer más