RocaJunyent-Gaona

Aprobadas las ayudas para contratar seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados en Andalucía

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha aprobado la convocatoria para el ejercicio 2022, de las ayudas a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados.

Las ayudas de la presente convocatoria se financiarán con cargo a créditos del presupuesto de la Junta de Andalucía para los ejercicios 2022 y 2023, con una cuantía total máxima de las ayudas convocadas de 12.000.000 de euros (7.167.979,60 euros con cargo a la anualidad 2022 y 4.832.020,40 euros con cargo a la anualidad 2023).

El objeto de la ayuda convocada consiste en sufragar parte del coste de las pólizas suscritas, por los solicitantes de alguna de las modalidades de aseguramiento contempladas en el cuadragésimo primer y cuadragésimo segundo Plan de Seguros Agrarios Combinados, contratados entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021.

Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica, con cultivos, ganado o piscifactorías ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que suscriban una póliza de seguros. El límite máximo de ayuda por beneficiario se establece en 9.000 euros, salvo lo establecido para las pólizas de seguro de Organizaciones de Productores y Cooperativas.

En la Orden de 23 de junio de 2022, se incluyen los formularios, que la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible pondrá a disposición de quien las requiera en formato telemático normalizado necesario, en función de la tramitación que se pretenda realizar.

También se incluyen las cuantías de las ayudas de las pólizas contratadas y el calculo de los porcentajes para cada una de las líneas agrícolas, forestales, ganaderas y de Organizaciones de Productores y Cooperativas.

La formalización de la correspondiente póliza de seguro tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre que se haya realizado entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021. En caso de pólizas de seguro renovable, tendrán la consideración de solicitud de subvención, la póliza de seguro inicialmente suscrita, conjuntamente con el recibo de pago de la correspondiente anualidad. Se presumirá que el pago del recibo de la póliza constituye la manifestación de la aceptación de las condiciones del seguro y de la concurrencia de los requisitos para la percepción de las subvenciones correspondientes.

Fuente: BOJA

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