La Junta de Andalucía ha aprobado mediante Orden de 4 de junio de 2021 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Comunidades Andaluzas en el exterior. Estas subvenciones se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva y estarán destinadas a actividades de promoción cultural, orientación a la población andaluza en el exterior y el mantenimiento de dichas entidades. El presupuesto total será de más de 900.000 euros para ayudar a su objetivo.
En virtud de esta orden, se ha realizado la convocatoria correspondiente al ejercicio 2023, en la cual se establecen cuatro líneas de subvenciones:
- Línea 1: Acciones culturales sobre la identidad andaluza y proyección de la imagen de Andalucía en el exterior, realizadas por comunidades andaluzas asentadas en el extranjero.
- Línea 2: Acciones culturales sobre la identidad andaluza y proyección de la imagen de Andalucía en el exterior, realizadas por Coordinadoras o Federaciones de Comunidades Andaluzas.
- Línea 3: Ayudas para el sostenimiento de la actividad ordinaria de las entidades, mediante la financiación de gastos corrientes de sus sedes.
- Línea 4: Acciones destinadas a favorecer la interacción entre las comunidades andaluzas en el exterior, como representantes de la emigración andaluza, y las personas que deciden emigrar actualmente.
La convocatoria establece los formularios de solicitud correspondientes a cada línea de subvención, los cuales se encuentran disponibles en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía. Además, se especifica el período de realización de las actividades subvencionables, que abarca desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.
En cuanto a la financiación, se destinará un importe máximo de 948.086,87 euros, distribuido de la siguiente manera: 544.000 euros para la Línea 1, 249.086,87 euros para la Línea 2, 150.000 euros para la Línea 3 y 5.000 euros para la Línea 4. Además, se contempla la posibilidad de contar con una cuantía adicional en caso de disponibilidad de crédito, sin necesidad de una nueva convocatoria.
Las solicitudes deberán presentarse dentro de un plazo de veinte días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Los formularios deberán dirigirse a la persona titular de la Dirección General de Andalucía Global y presentarse en los lugares y registros establecidos en las bases reguladoras.
La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, junto con el extracto previsto en la Ley General de Subvenciones.
Fuente: BOJA