El Consejo de Ministros ha modificado Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
Algunas de las modificaciones introducidas son las siguientes:
- Se establece un período máximo de devolución de las ayudas de 60 meses.
- Se incluye un fondo de indemnización por daños a producciones cinematográficas por causa del COVID-19.
- Introducción de un nuevo artículo (4 bis): el crédito extraordinario podrá utilizarse para la realización de otras medidas deapoyo directo a librerías y editoriales, con el objeto de reforzar su protección tras el cierre de su actividad en los meses de confinamiento.
- Introducción de un nuevo artículo (16) que establece un sistema de ayudas extraordinarias al arte contemporáneo español.
- Introducción de un nuevo artículo (17) para extender las ayudas al tejido empresarial ligado a la producción industrial(entre los que se incluyen los museos)
- Introducción de una nueva disposición adicional que hace referencia a los gastos de manutención y gastos y pluses de distancia por desplazamiento de los músicos.
- El importe de la deducción por gastos en largometrajes y cortometrajes españoles y de series no podrá ser superior al resultado de incrementar en un 80% el importe máximo cuando se trate de producciones realizadas en Canarias.
Además, otra de las novedades de este Real Decreto es que se incluyen las entidades no residentes en territorio español que operen en el mismo con establecimiento permanente
Por otro lado, quedan excluidas aquellas entidades residentes en una jurisdicción no cooperativa, excepto que se trate de un Estado miembro de la Unión Europea y se acredite que su constitución y operativa responden a motivos económicos válidos.