RocaJunyent-Gaona

Los centros sanitarios, residencias de mayores y otros servicios esenciales no podrán tramitar ERTE

En el BOE del pasado martes 13 de abril se ha publicado la Ley 3/2021, de 12 de abril, por la que se adoptan medidas complementarias en el ámbito laboral para paliar los efectos derivados de la COVID-19.

Esta ley establece que durante la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas, los centros que presten servicios esenciales, de titularidad pública o privada, serán los siguientes:

  • Los centros, servicios y establecimientos sanitarios que determine el Ministerio de Sanidad, como son los hospitales
  • Los centros, servicios y establecimientos sociales dedicados a la atención de la infancia y la adolescencia, de personas mayores, de personas en situación de dependencia, de personas con discapacidad, de personas con problemas de adicciones o drogodependencias, o de personas en riesgo o situación de exclusión social y a personas sin hogar.

Con ello, las causas previstas para la suspensión de contratos y reducción de jornada recogidas no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido.

Fuente: BOE

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/13/pdfs/BOE-A-2021-5771.pdf

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