El pasado 16 de junio ha entrado en vigor la Ley 5/2019 de 15 de marzo que regula los contratos de crédito inmobiliario como el Real Decreto 309/2019 de 26 de abril. Esta nueva ley obliga ya a las entidades a remitir sus ofertas vinculantes de crédito a los notarios a través de plataformas digitales seguras. Sin embargo, hasta el próximo 31 de julio el Ministerio de Justicia ha emitido una instrucción en la que se permite efectuar aún estas comunicaciones en papel.
El objetivo de esta instrucción es que no se paralicen las operaciones de préstamo ya que aún no se ha completado la conexión informática de las plataformas telemáticas de algunas entidades de crédito para la remisión de la información precontractual. De igual forma, aunque durante mes y medio se admitan medios alternativos a los telemáticos, debe salvaguardarse las nuevas obligaciones que establece la ley y que explica Nuria Rando, abogada del área de Derecho Bancario de Gaona Abogados BMyV, en su articulo: “Claves para entender la esperada ley de crédito inmobiliario”.
La instrucción establece, a su vez, los medios por los que, durante las próximas semanas, los bancos podrán asegurar la seguridad de la fecha de entrega de sus ofertas vinculantes, un importante requisito ya que la escritura pública tan sólo puede firmarse una vez hayan pasado 10 días desde la fecha.