Con la finalidad de apoyar al mayor número posible de empresas y autónomos y ante el número de solicitudes recibidas, así como la disponibilidad presupuestaria para la línea de subvenciones, la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo autónomo ha ampliado el plazo del 15 al 30 de septiembre. Esta la principal modificación del Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio del apartado séptimo.
Estas ayudas van dirigidas al apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento generado durante la pandemia
Condiciones requeridas para ser beneficiario:
- Que la actividad económica se encuadre en los 249 códigos CNAE recogidos en el anexo del DL 10/2021
- No haber declarado pérdidas en 2019 y que las operaciones interiores por IVA hayan disminuido en más de un 30% en el año 2020 con respecto a 2019.
- Sede en Andalucía.
- Estar al corriente pago con la Seguridad Social y Hacienda.
- Mantener la actividad hasta el 30 de junio de 2022.