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Aprobado el primer tramo de la línea de avales para autónomos y empresas afectados por la guerra en Ucrania

El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo que recoge las características del primer tramo de la línea de Avales para autónomos y empresas y forman parte de las medidas incluidas en el Plan de respuesta a la guerra de Rusia en Ucrania aprobadas en el Real Decreto-ley 6/2022.

La nueva línea reforzará la liquidez de autónomos y empresas que se estén viendo afectados por el incremento de los precios de la energía, materias primas o electricidad como consecuencia de la guerra, garantizando de esta forma su acceso a la liquidez. Esta línea de avales se enmarca en el nuevo marco temporal de ayudas aprobado por la Comisión Europea, destinadas a respaldar el tejido productivo y la economía europea ante los efectos económicos de la invasión rusa de Ucrania.

El primer tramo aprobado es de 5.000 millones de euros y será gestionado por el Instituto de Crédito Oficial en colaboración con las entidades financieras, está dirigido a todos los autónomos y empresas de todos los sectores económicos afectados por los efectos económicos de la guerra de Rusia en Ucrania, con excepción del sector financiero y de seguros.

El aval garantizará hasta el 80% de los nuevos préstamos de operaciones solicitadas con importe máximo avalado de hasta 400.000 euros con carácter general, o 35.000 euros para empresas del sector primario, acuicultura o pesca, en una o varias operaciones de préstamo. En estos casos, el aval emitido tendrá una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un plazo máximo de 10 años.

Para préstamos por un volumen superior, el aval podrá garantizar hasta el 80% del importe del crédito para pymes y autónomos y hasta el 70% para el resto de empresas, si bien el importe total del préstamo no podrá ser mayor del 15% del volumen de negocios anual medio total del beneficiario durante los tres últimos ejercicios, o del 50% de los costes de la energía en los doce meses anteriores a la solicitud del préstamo.

Para estos préstamos el aval coincidirá también con el plazo de amortización de la operación, que será de hasta ocho años.

Todas las operaciones contarán con un periodo de carencia inicial del principal de 12 meses y las entidades financieras deberán mantener abiertas las líneas de circulante de sus clientes hasta el 31 de diciembre de 2022. Asimismo, las entidades financieras deberán aplicar los mejores usos y prácticas bancarias en beneficio de sus clientes y no podrán condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación por parte del cliente de ningún otro servicio o producto.

¿Quién puede solicitarlos?

Hasta el 1 de diciembre de 2022 los autónomos y empresas  que no se encuentren en situación de morosidad ni en procedimiento concursal a la fecha de firma de la operación, ni estén sujetos a sanciones por parte de la Unión Europea, ni tengan en el momento de solicitud del aval ningún proceso de ejecución de avales gestionados por el ICO.

Fuente: BOE

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