RocaJunyent-Gaona

Aprobadas las subvenciones para la certificación de productos naturales o artesanales y de servicios de turismo de naturaleza

La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía dispondrá de un presupuesto de 182.000 euros, cuyo plazo de solicitud se inició el 29 de julio de 2022 y finalizará el 30 de junio de 2023.

Tiene por objeto de sufragar los costes directos de las auditorías realizadas por entidades acreditadas para la certificación de la conformidad de sus productos o servicios con las normas aplicables al caso.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias aquellas personas físicas o jurídicas que en el ámbito territorial de los espacios naturales protegidos de Andalucía realizan alguna de las actividades orientadas a la venta o distribución de productos o a la prestación de servicios pertenecientes a algunas de las categorías contempladas en las normas de la Orden de 15 de diciembre de 2004, por la que se regula el Régimen Jurídico y el Procedimiento de Concesión de Licencia de Uso de la marca Parque Natural de Andalucía.

No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las Administraciones Públicas, las corporaciones de derecho público, las entidades y empresas pertenecientes al sector público, incluyéndose a aquellas entidades o empresas en las que el poder de control o dirección o de designación de la mayoría de los componentes de sus órganos de gobierno sea ostentado por la Administración Pública, o que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de las Administraciones Públicas, sus organismos públicos o demás entidades del sector público, o que su patrimonio esté formado en más de un cincuenta por ciento por bienes o derechos aportados o cedidos por las referidas entidades.

La cuantía máxima de la subvención será de hasta 600 euros.

Actividades subvencionables

Las actividades que puede recibir estas ayudas serán la obtención o renovación de la certificación de la conformidad de productos o de servicios con las normas de la marca Parque Natural de Andalucía que se produzcan con posterioridad a la solicitud de la subvención, así como la obtención o mantenimiento de la concesión de la licencia de uso de la marca Parque Natural de Andalucía o, al menos, su solicitud.

Requisitos de origen de los productos y del lugar de prestación de los servicios

  1. Los productos artesanales han de elaborarse en el ámbito territorial de un Parque Natural o Nacional de Andalucía o en un municipio incluido parcialmente en alguno de ellos.
  2. Los servicios de alojamiento y restauración han de prestarse íntegramente en el ámbito territorial de un Parque Natural o Nacional de Andalucía o en un municipio incluido parcialmente en alguno de ellos. Las actividades de ocio han de realizarse, al menos en un 75%, en el interior de un Parque Natural o Nacional.
  3. Para los productos naturales, la materia prima se ha de obtener, al menos en un 75%, en el ámbito territorial de un Parque Natural o Nacional de Andalucía o en un municipio incluido parcialmente en alguno de ellos. En el caso de la pesca, una parte de los caladeros debe estar incluida en el ámbito de un Parque Natural o Nacional de Andalucía y que la descarga y la venta se realicen en algún municipio de los mismos.

En el caso de productos naturales agroalimentarios y pesqueros, la materia prima ha de proceder de explotaciones donde el sistema de producción esté certificado como «producción integrada» o «producción ecológica» o cumpla con los requisitos establecidos para obtener esta certificación.

Requisitos de la prestación de los servicios turísticos

  1. Que el servicio lleve prestándose, al menos, durante un año.
  2. Los servicios turísticos deben tener procedimentada, al menos, la acogida y estancia de la clientela y la limpieza y mantenimiento del establecimiento.
  3. Los servicios de alojamiento han de llevar asociados servicios de restauración y de ocio o incluir información sobre los mismos y, complementariamente, han de dar información sobre el Parque Natural o Nacional y han de incluir además actividades de promoción de los productos naturales y artesanales del Parque Natural o Nacional.
  4. Los servicios de restauración han de incluir en su menú un apartado de gastronomía local o de platos elaborados con productos naturales o artesanales alimenticios del Parque Natural o Nacional. Complementariamente han de dar información sobre el Parque Natural o Nacional correspondiente.
  5. Los servicios de alojamiento no deben sobrepasar las plazas establecidas por la normativa vigente en materia turística.
  6. Las actividades de ocio han de estar ligadas al conocimiento y disfrute de la naturaleza del Parque Natural o Nacional.
  7. Las empresas de turismo activo deben tener una sede en el Área de Influencia Socioeconómica del Parque Natural o Nacional donde presten sus servicios.
  8. Las edificaciones con que cuente la empresa turística deben estar integradas paisajísticamente con el entorno.

Requisitos específicos del proceso de obtención de los productos naturales 

  1. En el caso de los productos naturales obtenidos de la pesca, la actividad debe haberse realizado con criterios de sostenibilidad marcados por la autoridad competente.
  2. Para los productos naturales alimenticios pueden utilizarse técnicas de conservación, pero tales que no alteren la naturaleza de los mismos.

Requisitos de calidad

  1. Cumplimiento de la legislación sectorial. La persona solicitante ha de disponer, en su caso, de las autorizaciones sectoriales pertinentes
  2. Aseguramiento de la calidad. La persona solicitante ha de tener planificada y asegurada la calidad del producto o servicio.

Requisitos medioambientales

  1. Tener identificados documentalmente todos los requisitos legales aplicables a sus instalaciones y a su actividad.
  2. Disponer de los permisos y licencias establecidos por la legislación medioambiental o que puedan incluir condicionantes medioambientales.
  3. Tener establecidos los procedimientos documentados de control operacional e inspección que aseguren el cumplimiento de los requisitos legales anteriores, y mantener los registros que demuestren dicho cumplimiento.

Fuente: BOJA

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