RocaJunyent-Gaona

Segunda conferencia organizada por la Cátedra para la Abogacía: la declaración de desamparo a los menores

El pasado viernes 18 de marzo tuvo lugar la segunda conferencia de la Cátedra para la Abogacía, organizada por RocaJunyent – Gaona, Palacios y Rozados Abogados en colaboración con la Universidad de Málaga (UMA). Silvia Giménez-Salinas, abogada de SGS Abogados y especialista en Derecho de Familia, ha sido la encargada de impartir esta charla sobre cómo afecta la declaración de desamparo a los menores.

Durante la conferencia, Silvia Giménez-Salinas quiso puntualizar que quizás uno de los problemas en la protección del menor es que se tiende a aplicar desde la perspectiva del adulto y no desde la del niño, pues la separación de su familia debería ser la excepción y estar totalmente probado que no existe otra medida para ayudar a su familia a mejorar su crianza. Además, “hay que dotar al proceso de declaración de desamparo de las garantías jurídicas y constitucionales necesarias” quiso destacar la abogada.

Giménez-Salinas explicó que la declaración de desamparo no requiere ningún tipo de declaración judicial y el juez solo interviene si se impugna la medida. Por tanto, la  investigación de un posible maltrato y la decisión sobre lo que debe hacerse corresponde al mismo organismo, no como en el ámbito judicial que está separada la instrucción de la resolución final

Además, si seguimos comparándolo con el orden penal, vemos como, en casos de comisión de un delito por un menor, el tiempo que el autor ha de estar sujeto a alguna medida está determinado, sin embargo, cuando se trata de una declaración de desamparo no hay tiempo máximo.

Centros de internamiento: siempre como última opción

La abogada quiso dejar clara la importancia de un cambio de mentalidad acerca de que los centros de protección deben ser el último recurso para un niño y no el primero, como sucede actualmente. Se tiende a retirar al niño de los lazos familiares y, posteriormente, se investiga el caso, cuando lo único que provoca es que esta situación de desamparo se eternice.

Por motivos de organización, las familias tienen derecho a solo dos visitas al mes en el centro con sus hijos, de cómo mucho una hora, lo que hace evidente la desvinculación emocional de la propia familia, ante tan poca relación.

Sin duda, lo que hay que saber como fundamental es que “educar o criar no es lo mismo en una familia u otra, ya que hay que atender, por ejemplo, las diferencias culturales o lo problemas internos que puedan acarrear”, concluye Silvia.

Compartir este articulo