El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el extracto de la convocatoria de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras liderados por mujeres que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.
Estos proyectos empresariales pueden ser de cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no serán financiados aquellos proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco las iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología.
Beneficiarios de las ayudas
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las pequeñas empresas innovadoras lideradas por mujeres constituidas como máximo en los tres años anteriores al 19 de abril , con un capital mínimo de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud. Además, deberán estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de depósito de cuentas anuales.
¿Qué es lo que será realmente financiable?
Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras. En concreto los siguientes gastos: inversiones en equipos, gastos de personal, materiales, colaboraciones externas o asesoría y otros costes como alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa comenzará el día 17 de febrero de 2022 y finalizará el día 19 de abril de 2022 a las 12 horas del mediodía.
Financiación para cada proyecto
Se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de 250.000 euros por entidad beneficiaria. Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales y deberán iniciarse a partir 1 de enero de 2023, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2023, en el caso de que el proyecto tenga una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2024, si el proyecto tiene una duración de dos años.
El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 5.000.000 de euros